Jackson: Oye, Lena, pero hay un tema que a los inversores se nos suele olvidar hasta que llega abril y tenemos que ver al gestor: los impuestos internacionales. Porque claro, suena genial ser dueño de Apple o de una empresa alemana como Adidas, pero cuando te llega el dividendo y ves que te han quitado un trozo enorme en el país de origen y luego otro trozo aquí en España... ahí es cuando te dan ganas de cerrar el ordenador.
Lena: ¡Exacto! Eso es lo que llaman la "doble imposición", ¿no? Me suena que es como si te cobraran el peaje dos veces por el mismo puente. ¿Cómo funciona eso realmente para alguien que invierte desde su casa?
Jackson: Mira, lo que pasa es que cada país quiere su parte del pastel. Si tú eres residente en España y cobras un dividendo de Estados Unidos, el gobierno de allí, por defecto, te quita un 30% antes de que el dinero salga del país. Y luego, cuando llega a España, Hacienda te pide tu 19%. ¡Es una locura! Pero fíjate que hay un truco legal muy sencillo: el formulario W-8BEN.
Lena: ¿W-ocho-qué? Suena a nombre de robot de Star Wars.
Jackson: Casi, pero es más útil para tu bolsillo. Es un documento que le dice a la Hacienda de Estados Unidos: "Oiga, que yo vivo en España y tenemos un convenio para no pagar dos veces". Si lo firmas, la retención allí baja del 30% al 15%. Y lo mejor es que en tu declaración de la renta en España puedes pedir que ese 15% te lo deduzcan, porque ya lo has pagado fuera. Al final, acabas pagando lo mismo que si la empresa fuera española.
Lena: Ah, bueno, eso cambia las cosas. Pero, ¿pasa lo mismo con todos los países? Porque tengo un amigo que invierte en empresas de Alemania y Francia y dice que es un lío de papeles tremendo para recuperar el dinero.
Jackson: Es que ahí está la trampa. No todos los países lo ponen tan fácil como Estados Unidos. En Alemania o Francia la retención suele ser muy alta, a veces más del 25% o 26%, y aunque España te deja deducirte el 15% por el convenio, el resto... el exceso... ese te toca pedirlo tú directamente a la Hacienda alemana o francesa. Y claro, entre formularios en otro idioma y posibles comisiones de gestión, a veces no sale a cuenta si no tienes una cartera muy grande.
Lena: No me digas... o sea, que para un inversor pequeño que no quiere complicarse la vida, a lo mejor es más inteligente centrarse en empresas españolas o de Estados Unidos, donde el trámite es automático con el broker.
Jackson: Tal cual. O usar los famosos ETF de los que hablábamos antes. Si compras un ETF que tenga sede en Irlanda, por ejemplo, ellos gestionan toda esa burocracia interna por ti. Tú recibes el dividendo neto y solo te preocupas de tu declaración aquí. Es una forma de externalizar el dolor de cabeza fiscal.
Lena: Oye, Jackson, y otra cosa que me han preguntado mucho: ¿qué pasa con los "scrip dividends"? Esas veces que la empresa te dice que en lugar de dinero te da acciones nuevas. ¿Eso también paga impuestos?
Jackson: Eso es lo que llaman la "ampliación de capital liberada". Es curioso porque, técnicamente, si eliges recibir las acciones nuevas, no pagas impuestos en ese momento. Solo pagarás cuando decidas vender esas acciones en el futuro, como una ganancia patrimonial. Es una forma de diferir el pago a Hacienda y dejar que el dinero siga trabajando. Pero ojo, que si lo que haces es vender esos derechos en el mercado para cobrar el efectivo, ahí sí que tributas como si fuera un dividendo normal.
Lena: O sea, que Hacienda siempre gana, la cuestión es cuándo le das su parte. Al final, entender esto es fundamental porque, si no echas bien las cuentas, te crees que tienes una rentabilidad del 5% y cuando descuentas las retenciones y la doble imposición, se te queda en un 3% raspado. Y eso, en veinte años, es la diferencia entre jubilarte tranquilo o tener que seguir trabajando.
Jackson: Exactamente. Por eso siempre digo que el rendimiento neto es el único que importa. Hay que mirar la letra pequeña de cada país. Incluso dentro de España, hay productos como las SOCIMI, que son estas empresas que gestionan alquileres, que tienen una fiscalidad especial. Si la SOCIMI reparte dividendos, suele estar exenta de pagar el impuesto de sociedades siempre que sus accionistas tributen por esos dividendos. Es un mundo complejo, pero si te mueves con brokers que te den el informe fiscal ya masticado, como MyInvestor o DEGIRO, te ahorras muchísimos sustos.